La Universidad Nacional de Pilar se describe mediante una breve historia con énfasis en los datos más importantes de su existencia que completara 25 años de vigencia desde su fundación. La institución fue creada por Ley Nº 529 del Poder Legislativo, el 28 de diciembre de 1.994. (Anexo 1.1). En el año 1995 por Resolución 80/95 se crean las Facultades de la Universidad Nacional de Pilar y el Instituto Superior de Ciencias de la Salud pasa a formar parte de la Facultad de Ciencias Aplicadas. (Anexo 1.2).
La creación del Instituto Superior en Ciencias de la Salud surge en el marco legal de autorización por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de los Cursos de Auxiliares de Enfermería e Idóneo de Farmacia, según Resolución N° 24/94). (Anexo 1.3). Así mismo, por medio de la Res N° 38/94, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, se autoriza a la UNP a dictar cursos de Formación de Idóneo Farmacia y disponer la garantía al registro de títulos en el Departamento de Profesionales Médicos y afines para el ejercicio profesional en consonancia a la Ley N° 836/80 del Código Sanitario. (Anexo N° 1.4).
En sesión de fecha 06/11/2001, según Acta Nº 87 el Consejo de Universidades aprueba la habilitación de la Carrera Ciencias de la Salud, dependiente de la Facultad de Ciencias Aplicadas. (Anexo 1.5). Posteriormente, por Resolución Nº 81/06 de fecha 28 de diciembre de 2006, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Aplicadas aprueba el Proyecto de adecuación de la Carrera de Licenciatura en Ciencias de la Salud para pasar a denominarse Licenciatura en Enfermería del Instituto Superior de Ciencias de la Salud (Anexo 1.6). El 26 de febrero por Resolución Nº 05/2007, el Honorable Consejo Superior Universitario aprueba el Proyecto de Adecuación Curricular, a implementarse a partir del mencionado año lectivo. (Anexo N° 1.7). Por Resolución Nº 79/2013, se crea la Facultad de Ciencias Biomédicas y se dispone que los bienes muebles e inmuebles del Instituto Superior de Ciencias de la Salud integren el patrimonio de la Facultad. (Anexo N°1.8). Así también, respondiendo a las exigencias de habilitación de carreras, se presenta el Proyecto de la Carrera de Licenciatura en Enfermería, y por Resolución N° 109/2015, el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), en uso de sus Atribuciones Legales Resuelve: Art. 1 Aprobar la Habilitación de la Carrera de Enfermería de la Universidad Nacional de Pilar. (Anexo N° 1.9).
El Instituto respondió a otras demandas regionales al habilitar los cursos como: Técnico Superior en Ciencias de la Salud con énfasis en Enfermería, Educación Sanitaria y Obstetricia.
Desde su génesis, el Instituto Superior de Ciencias de la Salud, trató de cumplir con el objetivo primordial de la UNP de atender a las necesidades detectadas en el Departamento de Ñeembucú.
Hasta el año 1994, la región contaba con un número limitado de profesionales médicos, realidad problemática que se debía afrontar cotidianamente, sumada al aislamiento de algunos distritos del Departamento de Ñeembucú por la falta de caminos intransitables en forma permanente. Atendiendo a esta situación, se habilitó la Licenciatura en Ciencias de la Salud en el año 1995, para formar profesionales idóneos en la atención primaria de salud, de tal forma que los mismos puedan desempeñarse en el área, en forma coordinada con los profesionales médicos, específicamente en zonas vulnerables y desprotegidas.
Las exigencias demandadas a la Educación Superior Universitaria en pos de la mejora continua impelen, a los actores de la comunidad académica de la UNP a participar de espacios de discusión para la toma de decisiones. En este caso, las autoridades del Instituto Superior de Ciencias de la Salud han tomado la determinación de adaptar la estructura organizacional y administrativa del Instituto a Facultad. Y se crea la Facultad de Ciencias Biomédicas, con el fin de ofrecer un espacio para la habilitación de Carreras como: Bioquímica, Química y Farmacia, Odontología, Medicina, entre otras, en coherencia a las necesidades socio- económica y tecnológica de la región y del país en el contexto de la autonomía universitaria, garantizada por Ley N° 4995/2013 de la Educación Superior, artículo 33, incorporándose, por Resolución N° 79/2013,en la organización académica de la Universidad Nacional de Pilar (UNP) conforme al Estatuto de la Universidad vigente (Anexo N° 2. 1).
En ese contexto, la Licenciatura en Enfermería, se presenta en el año 2009 como Carrera de grado sin egresados, a fin de participar del proceso de Evaluación Diagnóstica convocado por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES). Una vez concluido el proceso, la Agencia remitió el dictamen final a la institución, como consecuencia de este escenario se instaló un marco operativo estructural, cuyo eje principal comprendió la determinación de un trabajo en equipo, que la comunidad educativa adoptó con miras a contribuir para el alcance de las modificaciones señaladas en un plan de mejoras orientados al aseguramiento de la calidad de la carrera y de la gestión institucional dinámico y permanente.
Fueron concretadas estrategias delimitando el qué, el cómo y el cuándo, definidos en el Plan de Mejoras.
El funcionamiento de la Facultad y de la Carrera Enfermería, se halla supeditada al Estatuto de la Universidad Nacional de Pilar, creada por resolución N° 79/2013, del Consejo Superior Universitario, tal como puede verse en el anexo N° 1.9. Así mismo para el mejor funcionamiento de los procesos internos dentro de la Facultad, se adopta el Reglamento General Académico (Anexo N° 2.2.) y el reglamento disciplinario para docentes y estudiantes de la Universidad Nacional de Pilar, Res N° 55/16. (Anexo N° 2.3). Para favorecer el buen funcionamiento de las actividades dentro de la institución, se cuenta con un manual de funciones, (Anexo N° 2.4). Existen además otras reglamentaciones referentes a la implementación de las actividades de Prácticas en los Centros Asistenciales Sanitarios, Reglamento de Prácticas profesionales, y de pasantías (Anexo N° 2.5 y 2.6.). Se cuenta, además, con un Reglamento para la elaboración y defensa de Tesis (Anexo n° 2.7). Reglamento de Extensión (Anexo N° 2.8). Reglamento de Becas (Anexo N° 2.9). Código de Ética (Anexo N° 2.10). Reglamento de Ayudantía (Anexo N° 2.11).